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GESTIÓN ADMINISTRATIVA

  • Velar por la aplicación de la nueva Ley de Propiedad Horizontal, y en especial de lo concerniente a los deberes del Administrador.
  • Asesorar y hacer respetar el Reglamento de Régimen Interior, así como su uso y el cumplimiento de los Estatutos.
  • Velar por el buen régimen de la casa, instalaciones y servicios comunes, y hacer a estos efectos las oportunas advertencias y apercibimientos a los titulares, cuidando de cuanto se acuerde al respecto por la Junta de Propietarios.
  • Preparar con la debida antelación y someter a la Junta el plan de gastos previsibles, proponiendo los medios necesarios para hacer frente a los mismos.
  • Ejecutar los acuerdos adoptados en materia de obras por la Junta de Propietarios, así como realizar los pagos y efectuar los cobros procedentes, mediante las correspondientes facturas y comprobantes.
  • Llevar la contabilidad, así como un Libro auxiliar de ingresos y gastos con sus correspondientes justificantes de pagos y cobros, que estarán a disposición de los componentes de la Junta de Propietarios.
  • Librar los recibos a cargo de los propietarios para el cobro de los gastos comunes, mediante el sistema de domiciliación bancaria u otro similar que garantice la transparencia de la información contable registrando el máximo número de movimientos bancarios y evitando al máximo los movimientos económicos mediante caja.
  • Gestionar ante los organismos públicos cuanto haga relación al pago de impuestos relacionado con el edificio.
  • Actuar, en su caso, como secretario de la Junta, asistiendo a la Juntas y levantando la correspondiente acta; y custodiar la documentación de la Comunidad.
  • Realizar la correspondencia derivada del buen funcionamiento de la Comunidad.
  • Realizar todo lo necesario para obtener una buena y eficaz Administración de Fincas.